Cobros con Bre-B

Bre-B y la DIAN: qué se reporta de tus ventas y cómo tener todo en orden

En cortoHoy no existe un impuesto ni una retención especial por recibir pagos por Bre-B: la retención del 1,5% y la ReteICA de Bogotá se cayeron. Pero los bancos reportan tus cuentas a la DIAN como siempre, y las consignaciones cuentan para saber si debes declarar renta. Te explicamos qué pasó y cómo tener todo en orden.
Ilustración de un documento tributario revisado con una lupa

Cada vez que sale una noticia sobre Bre-B y los impuestos, los negocios se preocupan: ¿la DIAN ve mis transferencias?, ¿me van a cobrar un impuesto por recibir pagos por Bre-B?, ¿me conviene más recibir en efectivo? En 2025 y 2026 hubo propuestas que asustaron, y después marcha atrás. Con tanto ruido, es fácil terminar tomando malas decisiones.

En este artículo ordenamos lo que de verdad pasó, lo que la DIAN ve y lo que no, y qué hacer para tener las cuentas de tu negocio en orden. No es asesoría tributaria personalizada: cada caso lo debe revisar tu contador. Pero sí te da el mapa para hacerle las preguntas correctas.

¿Hay un impuesto especial por recibir pagos por Bre-B?

No. Hoy no existe un impuesto ni una retención especial por recibir pagos por Bre-B. Lo que hubo fueron propuestas que no prosperaron:

  • Octubre y noviembre de 2025: el Gobierno propuso unificar una retención en la fuente del 1,5% para todos los pagos electrónicos, incluidos Bre-B y las billeteras. Después de más de 170 comentarios en contra, anunció que para esos medios la retención quedaría en 0%, según Infobae (8 de noviembre de 2025).

  • Enero de 2026: el Gobierno expidió un decreto que eliminó la retención del 1,5% a los pagos con tarjeta débito y crédito desde el 1 de marzo de 2026, y desistió de gravar a Bre-B, según La República (28 de enero de 2026).

  • Agosto de 2026: la Alcaldía de Bogotá había incluido en su reforma tributaria una retención de ICA sobre los pagos por Bre-B y billeteras. La retiró: "No vamos a hacer retenciones a las transacciones por Bre-B ni a las billeteras digitales", dijo la secretaria de Hacienda, según Cambio (5 de agosto de 2026).

Pueden seguir aplicando las retenciones propias de cada actividad (por ejemplo, en servicios profesionales o construcción), sin importar el medio de pago. Eso lo revisa tu contador.

¿La DIAN ve mis pagos por Bre-B?

Ve lo mismo que ve de cualquier cuenta bancaria: los bancos y billeteras le reportan información de las cuentas de sus clientes. Un pago por Bre-B es un movimiento que entra a una cuenta, igual que una consignación o una transferencia de toda la vida. Las entidades financieras reportan cada año a la DIAN, como parte de la información exógena, datos de las cuentas de sus clientes.

Eso no es nuevo ni es exclusivo de Bre-B. Lo que sí cambió es que hoy muchos negocios que antes recibían efectivo ahora reciben transferencias. Y la transferencia deja rastro. Por eso la pregunta útil no es "¿la DIAN me ve?", sino "¿lo que la DIAN ve coincide con lo que yo declaro?".

¿Recibir en mi cuenta personal me obliga a declarar renta?

Puede obligarte, porque las consignaciones del año cuentan como uno de los topes para declarar. Una persona natural debe declarar renta si cumple al menos uno de varios criterios; uno de ellos es que las consignaciones bancarias, depósitos o inversiones del año superen 1.400 UVT. Para el año 2025, que se declara en 2026, eso son $69.719.000. Con la UVT de 2026 ($52.374), el tope para el año 2026 es de $73.323.600.

Lo importante: para ese tope no importa el origen de la plata. Si recibes las ventas de tu negocio en tu cuenta personal, todas esas transferencias suman. Un negocio pequeño que vende $7.000.000 al mes por transferencias ya supera ese tope en el año, aunque su ganancia real sea mucho menor. Por eso conviene separar las cuentas.

Qué conviene hacer para tener todo en orden

  1. Separa la plata del negocio de la personal. Recibe las ventas en una cuenta o llave del negocio, no en la tuya personal. Así lo que entra es claramente venta, y lo personal no se mezcla. Te explicamos las opciones en llave Bre-B de negocio o personal.

  2. Que cada pago quede amarrado a una venta. Una transferencia suelta, sin referencia, es difícil de explicar después. Un cobro por venta, con valor y referencia, deja el soporte listo.

  3. Registra también lo que no entra por Bre-B. Las ventas en efectivo y los gastos, para que tus números cuenten la historia completa.

  4. Factura si estás obligado. La obligación de facturar depende de tu situación tributaria, no del medio de pago. Pregúntale a tu contador si te aplica.

  5. Guarda los soportes y revisa con tu contador, al menos una vez al año, si debes declarar renta y si eres responsable de IVA.

¿Recibir en efectivo es "más seguro" frente a la DIAN?

No: el efectivo no deja de ser ingreso, y además trae sus propios riesgos. Las ventas son ingresos del negocio sin importar si llegaron en billetes o por Bre-B. Lo que cambia con el efectivo es que es más difícil de soportar, se puede perder o robar, y cuando llegas a consignarlo igual queda registrado.

Además, huirle a lo digital tiene un costo comercial: cada vez más clientes pagan con su celular, y un negocio que solo recibe efectivo pierde ventas. La jugada inteligente no es esconder los ingresos, es tenerlos ordenados.

¿Cómo ayuda un cobro por venta a tener las cuentas claras?

Transferencia suelta a una llave

Cobro por venta en Firux

Llega sin referencia

Llega con la referencia del cobro

El valor lo digita el cliente

El valor es el de la venta

Puede caer en una cuenta personal

Entra a la cuenta del negocio

Toca cruzarla con el extracto

Queda en el reporte de ventas, lista para exportar

Se confirma mirando un pantallazo

Se confirma desde el sistema de pagos

Con los planes que incluyen contabilidad, además llevas gastos, caja y fiado en el mismo lugar, exportas para tu contador y puedes conectar tu cuenta de Siigo o Alegra. Lo contamos en contabilidad y gestión de tu negocio.

Errores comunes que después cuestan

  • Prestar la cuenta de un familiar para recibir las ventas. Las consignaciones le suman a esa persona, que puede terminar obligada a declarar renta por plata que no es suya.

  • Recibir en la llave personal del empleado y que él "pase la plata" después. Además del riesgo, esos ingresos quedan en la cuenta de otra persona.

  • No registrar las ventas en efectivo porque "no se ven". Si tus números solo muestran lo digital, tu negocio parece distinto de lo que es.

  • Mezclar gastos personales y del negocio en la misma cuenta. A la hora de sacar cuentas, nadie sabe cuánto ganó el negocio de verdad.

  • Dejar todo para marzo. Reconstruir un año de transferencias sin referencia es lento y caro. Llevarlo al día es casi gratis.

Lo que conviene preguntarle a tu contador

  • ¿Debo declarar renta por el año que pasó, teniendo en cuenta mis consignaciones?

  • ¿Soy responsable de IVA, o cuándo lo sería si mis ventas siguen creciendo?

  • ¿Estoy obligado a facturar electrónicamente?

  • ¿Me conviene formalizar el negocio o abrir una cuenta a nombre de la empresa?

  • ¿Qué retenciones me aplican por mi actividad, sin importar el medio de pago?

Llegar a esa reunión con un reporte de ventas ordenado, en lugar de una bolsa de extractos, ahorra tiempo y plata.

Lo que viene

El Banco de la República anunció que la regulación para usar Bre-B en nómina, pagos a proveedores, recaudos y pagos recurrentes se definiría a finales de 2026, para que llegue a los usuarios en 2027. A medida que más operaciones de las empresas pasen por Bre-B, tener cada pago amarrado a su soporte va a ser todavía más importante. Te contamos lo que se sabe en débito automático por Bre-B.

Si todavía no cobras por Bre-B, empieza por qué es Bre-B y cómo cobrar con QR. Y cuando quieras, registra tu negocio.

Este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría de un contador o un abogado tributario.

Fuentes

Preguntas frecuentes

¿Hay que pagar un impuesto por recibir pagos por Bre-B?
No existe un impuesto especial. La retención del 1,5% propuesta para pagos electrónicos quedó en 0% y el Gobierno desistió de gravar a Bre-B.
¿La DIAN ve mis transferencias?
Ve lo mismo que de cualquier cuenta: los bancos le reportan información de las cuentas de sus clientes en la información exógena.
¿Recibir ventas en mi cuenta personal me obliga a declarar renta?
Puede: si tus consignaciones del año superan 1.400 UVT debes declarar, sin importar el origen de la plata. Por eso conviene separar las cuentas.
¿Este artículo reemplaza a mi contador?
No. Es informativo; cada caso lo debe revisar un contador.
Jeferson Hernández

Jeferson Hernández · CEO y fundador de Firux Pay

Fundador y CEO de Firux Pay, la plataforma de cobros por Bre-B para negocios en Colombia. Trabaja con comercios que quieren cobrar sin datáfono, con la plata en segundos y sin miedo al pantallazo falso.

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